Por: Superintendencia Financiera de Colombia
26/03/2019
La medida también cobija al establecimiento de comercio AA Global Consulting, su unidad de negocio AA Global Invest, la página web www.aaglobalinvest.com y los señores Carlos Luís Herrera García y Alexandra Ballesteros Ospina, como representantes legales de la sociedad.

La Superfinanciera estableció que la sociedad AA Global Consulting S.A.S., se encuentra obligada a la devolución de capitales, frente a 350 personas, en 397 operaciones vigentes por un saldo de $13.443.192.719, sin haber previsto a cambio la entrega de un bien o servicio y superando el 50% del patrimonio líquido de la sociedad.
Bogotá, marzo 26 de 2020.- La Superintendencia Financiera de Colombia - SFC ordenó a la sociedad AA Global Consulting S.A.S., al establecimiento de comercio AA Global Consulting, su unidad de negocio AA Global Invest, la página web www.aaglobalinvest.com y los señores Carlos Luís Herrera García y Alexandra Ballesteros Ospina, como representantes legales de la sociedad, suspender de manera inmediata las actividades de captación no autorizada de dineros del público.
La medida fue adoptada mediante la Resolución 0320 del 19 de marzo de 2020, en la que se les ordena además, la devolución inmediata de los recursos captados ilegalmente.
La Superintendencia Financiera estableció que la sociedad AA Global Consulting S.A.S., mediante la suscripción con sus clientes de contratos que denomina “corretaje financiero”, se encuentra obligada a la devolución de recursos y pago de rentabilidades fijas entre el 3% y 10% mensual, frente a 350 personas, en 397 operaciones por un saldo de capital de $13.443.192.719, los cuales no ha cancelado a corte del 27 de febrero de 2020.
Lo anterior, se llevó a cabo sin haber previsto a cambio la entrega de un bien o servicio, superando el 50% del patrimonio líquido de la sociedad y realizando ofertas públicas a personas innominadas, configurando así los supuestos de captación previstos en las normas.
La Superintendencia Financiera remitió copia de la medida, entre otras autoridades, a la Superintendencia de Sociedades para la correspondiente intervención administrativa y a la Fiscalía General de la Nación, con el fin de que se adelanten las investigaciones en materia penal.






