LogoDue.fw
 
dueTitul
noticsm

INFORMACIÓN DE INTERÉS
PARA SU COMPAÑÍA

ACCEDA A INFORMACIÓN ESPECIFICA DEL SECTOR

Buscar

Por: Carcol Radio
17/06/2019

Se negó la solicitud de un ex guerrillero que está acusado de delitos que no tienen ningún beneficio en la Jurisdicción Especial para la Paz.
Dentro de la ley estatutaria, que es la columna vertebral de las decisiones de la JEP, está contemplado que no se otorgarán amnistías o indultos a los autores de: crímenes de guerra, delitos de lesa humanidad, ejecuciones extrajudiciales, reclutamiento de menores, acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, genocidio, toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, tortura, desaparición forzada, sustracción de menores y desplazamiento forzado.

1560787792 235199 1560787927 noticia normal recorte1

En cumplimiento de esa directriz, la JEP negó la solicitud de amnistía hecha por Óscar Enrique de Lima Contreras, quien fue miembro del frente 59 de las Farc, por las conductas de reclutamiento ilícito y acceso carnal violento, en las que se vio afectada una niña de la etnia Wayúu en el año 2014.

Para llegar a esta decisión, la Sala de Amnistía analizó las conductas cometidas por este ex guerrillero y encontró que estos hechos estaban relacionados con el conflicto armado. También, la Sala tuvo en cuenta el procesamiento de Lima Contreras en la justicia ordinaria por los delitos de reclutamiento ilícito, acceso carnal violento y rebelión.

El ex combatiente cuenta con los beneficios por estar sometido a la JEP, menos una amnistía por estos delitos, que están priorizados en el macro-caso 007 que tiene que ver con reclutamiento y utilización de menores en el conflicto armado.

https://caracol.com.co/radio/2019/06/17/judicial/1560787792_235199.html

INICIE EL RASTREO DE SU CONTRAPARTE

BuscarN